El Ministerio de Educación Nacional emitió una resolución que deja provisionalmente sin efecto el reemplazo del rector Leyton Barrios. Esta decisión se fundamenta en la imposibilidad de notificarle el acto administrativo por el cual fue suspendido del cargo por un año.
Simultáneamente, Barrios sufrió un revés judicial significativo, ya que le fue negada la medida cautelar que buscaba, a través de una acción de tutela, lograr su reintegro inmediato a la rectoría.
Según un oficio conocido, MinEducación dejó sin efecto el reemplazo del rector Barrios “en razón a que no se le ha podido realizar la notificación electrónica” del acto administrativo.
El Ministerio ha solicitado formalmente al rector reemplazado que comparezca ante ese despacho en Bogotá dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de envío de la comunicación para ser notificado personalmente. La notificación personal se puede llevar a cabo de lunes a jueves, de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., y los viernes, de 7:00 a.m. a 4:00 p.m..
En caso de que Barrios no pueda presentarse en las instalaciones de MinEducación, se le ha requerido autorizar la notificación electrónica a un correo institucional específico. De no comparecer en la fecha señalada, la cartera educativa procederá a realizar la notificación por aviso, de acuerdo con el artículo 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Rechazada la medida cautelar para el reintegro
A pesar de la pausa administrativa, Leyton Barrios no logró su objetivo de recuperar el cargo de manera inmediata por vía judicial.
El Juzgado Primero Administrativo de Barranquilla negó la medida cautelar que Barrios había solicitado dentro de una acción de tutela interpuesta contra MinEducación. El exrector buscaba con esta medida provisional “suspender la aplicación inmediata de la decisión de reemplazo del rector hasta tanto se resuelva de fondo la tutela, para evitar un perjuicio irremediable”.
El despacho judicial argumentó que la medida cautelar fue negada debido a que Barrios “no ha acreditado la necesidad urgente de adoptar la medida provisional solicitada”.
El juzgado explicó que, para conceder una medida cautelar, esta debe tener como finalidad evitar la ocurrencia de un “perjuicio irremediable, inminente, que no pueda esperar el término de diez (10) días hábiles previsto para la decisión de fondo en la acción de tutela”.
Aunque el juzgado admitió la tutela presentada por Leyton Barrios—en la cual alega la presunta violación de derechos fundamentales como el trabajo, el debido proceso, la autonomía universitaria y el buen nombre—, se negó la medida provisional.
El proceso judicial avanza y ha vinculado al trámite, en calidad de terceros, al Departamento del Atlántico, al Consejo Superior de la Universidad y a la Procuraduría General de la Nación.
Noticia relacionada: https://elnorte.com.co/mineducacion-dispone-reemplazar-a-leyton-barrios-en-la-rectoria-de-uniatlantico/

Más historias
Banco Agrario activa alivios financieros para más de 23 mil clientes en Córdoba
Afinia informó que por seguridad eléctrica varios sectores de la margen izquierda de Montería están sin servicio de energía
Fiscalía General imputará cargos al presidente de Ecopetrol por dos delitos