La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian, determinó los plazos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias en 2022. La entidad señaló que la Unidad de Valor Tributario (UVT) aplicable para el año entrante es de $38.004.
Algunos de los tributos y plazos establecidos son: el Impuesto sobre la Renta y Complementarios para calificadas como Grandes Contribuyentes. Los obligados deberán presentar la declaración del Impuesto de Renta y Complementarios del año gravable 2021 y pagar el valor del impuesto en tres cuotas, teniendo en cuenta para los vencimientos el último dígito del NIT:
- Pago primera cuota: Entre el 8 y el 21 de febrero de 2022
- Presentación de declaración y pago segunda cuota: Entre el 7 y el 22 de abril de 2022
- Pago tercera cuota: Entre el 7 y el 21 de junio de 2022
Personas naturales y sucesiones ilíquidas
Para las personas naturales y las sucesiones ilíquidas, los plazos para la presentación de la declaración y el pago del Impuesto sobre la Renta y Complementarios en una sola cuota van desde el 9 de agosto y hasta el 19 de octubre, teniendo en cuenta los dos últimos dígitos del NIT.
Régimen Simple de Tributación (RST)
Los contribuyentes inscritos en el RST por el periodo gravable 2021 tendrán la obligación de presentar y pagar la Declaración Anual Consolidada del SIMPLE entre el 7 y el 22 de abril de 2022, de acuerdo con el último dígito del NIT.
Adicional a esto, las personas naturales o jurídicas inscritas en el RST y que sean responsables del Impuesto sobre las Ventas (IVA), deberán declarar y pagar la Declaración Anual Consolidada del Impuesto sobre las Ventas (IVA) correspondiente al año gravable 2021.
En ese caso, los plazos van entre el 21 y el 25 de febrero de 2022, teniendo en cuenta el último dígito del NIT.
Impuesto sobre las Ventas – IVA
Los contribuyentes responsables de este impuesto, grandes contribuyentes y personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del año gravable 2021, sean iguales o superiores a 92 mil UVT, es decir $3.340.336.000, tendrán la obligación de presentar y pagar con una periodicidad bimestral el IVA.
Los periodos bimestrales y las fechas de vencimiento son:
- Enero – Febrero: Del 8 al 22 de marzo de 2022
- Marzo – abril: Del 10 al 23 de mayo de 2022
- Mayo – junio: Del 8 al 22 de julio de 2022
- Julio – agosto: Del 7 al 20 de septiembre de 2022
- Septiembre – octubre: Del 9 al 23 de noviembre de 2022
- Noviembre – diciembre: Del 11 al 24 de enero de 2023
Impuesto Nacional al Consumo
Los contribuyentes responsables del Impuesto Nacional al Consumo, así como al de bolsas plásticas y al consumo de cannabis deberán presentar la declaración y realizar el pago con una periodicidad bimestral, de acuerdo con el último dígito del NIT.
Los periodos y plazos establecidos en el Decreto 1778 coinciden con las fechas de vencimiento del Impuesto sobre las Ventas – IVA.
Declaración anual de activos en el exterior
Conforme al tipo de declarante y el último o dos últimos dígitos del NIT, se establecieron los plazos para presentar la declaración anual de activos en el exterior. Es importante tener en cuenta que esta obligación solo es aplicable cuando el valor patrimonial de los activos del exterior poseídos a 1 de enero de 2022 sea superior a 2000 UVT, es decir $76.008.000. Las fechas para la presentación de esta declaración son las mismas de Renta Grandes Contribuyentes, Personas Jurídicas y Personas Naturales.
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