El ministro de Hacienda, José Manuel Restrepo, precisó que gracias al artículo 49 del Plan Nacional de Desarrollo se logró modificar aquellas tarifas o cobros que se aumentaban con base en el incremento del salario mínimo, lo que ha resultado en que el 89% de estos conceptos ya no se calculen bajo esta figura.
Y es que después que se aprobó el mencionado artículo, varias entidades del Gobierno Nacional emprendieron la tarea de identificar qué partidas tenían ancladas al salario mínimo para modificarlas.
“Venimos adelantando este trabajo desde este ministerio, así como de la mayoría de las carteras, hace ya unos tres años y podemos decir que 66 de 74 de estos conceptos ya no se calculan bajo el salario mínimo, lo que significa que el aumento del salario mínimo tendrá efectivamente más valor a la hora de pagar por estos rubros”, expresó el ministro Restrepo.
De esta manera, los aumentos de estos rubros se calcularán a partir de otras variables como lo es el Índice de Precios al Consumidor, lo que permite proteger la capacidad adquisitiva de los trabajadores del país.
“Nuestro propósito siempre ha sido el de proteger los intereses del grueso de la población del país, seguiremos trabajando para velar por el bolsillo de los colombianos”, agregó Restrepo.
De esta manera, aumentos en las cuotas moderadoras en salud, tarifas de los centros de diagnóstico automotriz, multas y sanciones en los sectores TIC, Educación, Trabajo, Defensa, Agricultura, Transporte, entre otros, ya no se anclarán al salario mínimo.
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