*Más de 25 mil contribuyentes del sector de la construcción tienen obligaciones pendientes con la Dian.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -Dian- invita a los contribuyentes a ponerse al día con sus obligaciones y a terminar sus procesos aprovechando los beneficios de la Ley de Inversión Social que terminan el próximo 31 de marzo.
Entre los beneficios que representan alivios para los contribuyentes con obligaciones pendientes se encuentran el principio de favorabilidad, la terminación por mutuo acuerdo y la conciliación judicial.
PAGO DE OBLIGACIONES
Tal como lo indica el parágrafo 2 del artículo 48 de la Ley 2155 de 2021 “Ley de Inversión Social”, el contribuyente, declarante, agente retenedor, responsable, deudor solidario, deudor subsidiario o garante, que al 30 de junio de 2021, tenga obligaciones fiscales a cargo, que presten mérito ejecutivo conforme lo establece el artículo 828 del Estatuto Tributario, podrán en aplicación del principio de favorabilidad, realizar el pago de las obligaciones liquidando la tasa de interés bancario corriente, certificado por la Superintendencia Financiera de Colombia, para la modalidad de créditos de consumo y ordinario al momento del pago.
En consecuencia, la Dian invita a los contribuyentes que tengan obligaciones fiscales a cargo a 30 de junio de 2021, a que realicen el pago hasta el 31 de marzo de 2022, o a solicitar, máximo en esta fecha, ante la respectiva dirección seccional, la suscripción de un acuerdo de pago, en caso de cumplir con los requisitos para acceder al mismo. Es importante tener en cuenta que no podrán exceder el término de 12 meses contados a partir de la suscripción.
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO
En atención a lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 2155 de 2021 y el Decreto reglamentario 1653 de 2021, los contribuyentes, agentes de retención y responsables de los impuestos nacionales, los usuarios aduaneros y del régimen cambiario a quienes se les haya notificado antes del 30 de junio de 2021, requerimiento especial, liquidación oficial, resolución del recurso de reconsideración, pueden transar hasta el 31 de marzo de 2022 el 80% de las sanciones actualizadas e intereses a que haya lugar, siempre que se corrija la declaración privada, pague el 100% del impuestos o tributo a cargo, o del menor saldo a favor propuesto o liquidado y el veinte 20% restante de las sanciones.
Para el caso de pliego de cargos y resoluciones que impongan sanciones dinerarias, sanciones por no declarar incluyendo las resoluciones que resuelven los respectivos recursos, actos administrativos que impongan sanciones por concepto de devoluciones o compensaciones improcedentes, la norma establece los porcentajes a transar.
CONCILIACIÓN JUDICIAL
De acuerdo con el artículo 46 de la Ley 2155 de 2021, en concordancia con el Decreto 1653 de 2021, los contribuyentes, agentes de retención y responsables de los impuestos nacionales, los usuarios aduaneros y del régimen cambiario, que hayan presentado demanda de nulidad y restablecimiento del derecho ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo, podrán conciliar el valor de las sanciones e intereses según el caso, discutidos contra liquidaciones oficiales.
Es importante tener en cuenta que podrá presentarse la solicitud de conciliación hasta el 31 de marzo de 2022. Los porcentajes de transacción oscilan entre el 70% y 80% dependiendo de la instancia en que se encuentre el proceso judicial en la jurisdicción contencioso-administrativa.
En el caso de actos administrativos que impongan sanciones por concepto de devoluciones o compensaciones improcedentes, la conciliación operará respectivo del 50% restante de las sanciones actualizadas. El acta que contenga la conciliación debe suscribirse a más tardar el 30 de abril de 2022.
SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN, A PONERSE AL DÍA
La entidad, en el ejercicio de contribuir a la seguridad fiscal del Estado y con el ánimo de recuperar la cartera vencida, adelanta acciones enfocadas al Plan de Cobro y Plan de choque contra la evasión y el contrabando, en el marco de las jornadas “Al día con la DIAN, le cumplo al país”.
En este ejercicio se han identificado en el sector de la construcción más de 25.000 contribuyentes constructores de edificios residenciales y no residenciales y de obras civiles, y otros sectores asociados al desarrollo de esta actividad económica, quienes tienen pendiente el pago de sus obligaciones tributarias, con una cartera cercana a los $2,3 billones.
En consecuencia, para asegurar el pago de estas obligaciones en marzo y facilitar su cumplimiento, la Dian está contactando a los contribuyentes desde cada una de las direcciones seccionales que adelantan el proceso de cobro, de modo que pueda evaluarse la situación de cada uno e incentivar el pago de dichas obligaciones como un ejercicio de responsabilidad y compromiso con Colombia.
Estos contribuyentes pueden aprovechar los beneficios establecidos por la Ley de Inversión Social, siempre y cuando se pongan al día antes del 31 de marzo de 2022.
GESTIÓN FEBRERO 2022
La Dian continúa trabajando en la lucha contra la evasión y el contrabando, es así como en febrero de 2022 se obtuvo como resultado de las acciones establecidas en el Plan de Cobro y de Fiscalización un total de $3.1 billones, representados en ingresos efectivos por $2.6 billones y gestión por fiscalización por $543.794 millones.
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