En el proyecto de reforma tributaria se incluyó un artículo orientado a que se deje de cobrar el impuesto del 4 x 1.000 a las personas que hagan movimientos menores a $13,3 millones al mes.
Así lo indicó el director de la Dian, Luis Carlos Reyes, en su cuenta de Twitter. Sostuvo que ya hay una exención de este gravamen para una sola cuenta bancaria marcada.
“En adelante, los bancos deberán consolidar información entre ellos para que la exención aplique sin necesidad de marcar la cuenta”, dijo Reyes.
El artículo referente es el 64 e indica: “Adiciónese el artículo 881-1 al Estatuto Tributario, así: artículo 881-1. CONTROL SOBRE OPERACIONES Y MONTOS EXENTOS DEL GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS. Las instituciones agentes de retención en la fuente del Gravamen a los Movimientos Financieros deberán adoptar un sistema de control que permita la verificación, control y retención del Gravamen a los Movimientos Financieros en los términos del artículo 879 del Estatuto Tributario de forma que se permita aplicar la exención de trescientos cincuenta (350) UVT mensuales señalada en el numeral 1 del artículo 879 del Estatuto Tributario sin la necesidad de marcar una única cuenta”.
El denominado Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF) fue creado como un impuesto temporal hace más de 21 años. Es un impuesto que recauda la banca pero que es de destinación al Gobierno Nacional
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