El Consejo de Estado ratificó su decisión de suspender el decreto expedido por el presidente Gustavo Petro, a través del cual asumía las funciones de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG.
Con aplicación el jefe de Estado podía ordenar la reducción de las tarifas de servicios públicos, y en esa dirección le apuntaba el gobierno con miras a rebajarle a los usuarios, especialmente de la región Caribe, los elevados valores que tienen que pagar por el consumo de luz.
La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo, en un documento de 116 páginas, reiteró lo que ya había determinado en su primera decisión, que la aplicación del decreto requeriría de la expedición de nuevas normas dentro de un marco regulatorio.
Dice el Consejo de Estado: “Su competencia ya no opera bajo la decisión de reasumir las funciones delegadas, sino que delimita su objetivo de posterior regulación, producto de la asunción de las que denomina no son sus competencias, para lo cual fija las pautas y lineamientos que han de aplicarse en la adopción de tal regulación”.
Tras la expedición del decreto presidencial, lo que ocurrió el 16 de febrero de este año, el Consejo de Estado dejó sin efecto su implementación, al considerar que el jefe de gobierno se había atribuido dicho rol, olvidando que la asignación de estas funciones son competencia del Congreso de la República.
Argumentos de los demandantes
Quienes lo demandaron por considerarlo ilegal, argumentaron que el proceso de fijación de tarifas de servicios públicos sólo podía cambiarse con una ley tramitada en el Congreso y no con la firma del presidente en un decreto.
Además de dicho argumento, el organismo administrativo consideró que la norma obliga a que, previo a la firma del presidente que les da vida, este tipo de normas deben ser publicadas durante 15 días para recibir comentarios de la ciudadanía, pero solo lo hizo durante dos días.
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