En la antesala a la celebración de la Noche de Velitas, el pasado 7 de diciembre, el presidente de la República, Gustavo Petro, expidió un decreto que ha sido entendido como la derogación de otro que contemplaba la prohibición de poseer, tener, entregar, distribuir y comercializar estupefacientes, incluyendo la dosis personal.
La norma, bajo el amparo de la disposición 1844 del 2018, hacia parte del Código Nacional de Policía, lo que facultaba a la institución para combatir toda expresión de narcotráfico en los espacios públicos del territorio.
“Se prohíbe porte y consumo incluso de dosis mínima en parques de Colombia, se prohíbe porte y consumo de dosis mínima en los perímetros de los centros educativos y se hace la misma prohibición en estadios, polideportivos y escenarios deportivos”, decía la norma.
Con la sanción de la nueva normatividad por parte del presidente Petro, a través del decreto 2114 de 2023, que lleva las firmas de los ministros de Defensa, Iván Velásquez; del Interior, Juan Fernando Velasco; y de Justicia, Néstor Osuna, se trata de eliminar “la criminalización de personas consumidoras de drogas a través de medidas correctivas y contrarrestar y atacar la oferta de estas sustancias”.
Perseguir a los grandes capos
El Mandatario también argumentó que las autoridades deben concentrarse más en perseguir a los grandes capos de las mafias, los dueños del verdadero negocio del comercio ilegal de estupefacientes. A su vez, que es el acatamiento de un concepto que en mayo pasado emitió la Corte Constitucional con respecto a la dosis mínima, que no la prohíbe siempre y cuando se trate de que sea personal o medicada y puede ser consumida en espacios públicos.
No obstante, la Corte dejó sentado que el consumo depende de las definiciones que deben adoptar los concejos municipales y las asambleas departamentales.
Las críticas no se hicieron esperar
La interpretación a la decisión presidencial, y a la que le ‘llovieron’ criticas lideradas por los partidos de oposición, en el sentido de que eso era abrirle la puerta al comercio minorista de drogas, no se hizo esperar.
El expresidente y líder del partido Centro Democrático, Alvaro Uribe Vélez, escribió en su cuenta X: “Legalizar la droga, y entonces la juventud y la familia y el futuro de la Nación? Colombia no lleva personas a la cárcel por consumir o portar dosis personal de drogas, por eso no están penalizadas. El uso médico, científico, medicinal, está legalizado desde los años 1960. La Norma Constitucional de 2009 prioriza la prevención y la rehabilitación”.
“Ir más allá, con la legalización del consumo recreativo y la eliminación de controles policivos, es un paso para generalizar la familia disfuncional, para destruirla, para llevar a la juventud a la ansiedad y a la aniquilación. Esto contribuye a destruir la Nación, así al principio no se note. Es el camino ascendente al fentanilo y a la muerte. Entonces tendremos a papá y mamá “trabados” los fines de semana” y los niños, adolescentes y jóvenes a la suerte de la calle”, escribió Uribe.
Lo que dice el ministro de Justicia
Ante ello, el ministro Osuna respondió: “Para aclarar malentendidos quiero aclarar que este decreto no elimina la prohibición de comercio, ni el tráfico, ni el microtráfico, de ningún comercio de droga, eso sigue severamente prohibido por la ley colombiana, no nos llamemos a engaños”.
Agregó que “el decreto lo único que hace es derogar una sanción de multa que había puesto el gobierno anterior para el porte de dosis personal… Después de eso la Corte Constitucional en varias sentencias ha mencionado que el porte no se puede sancionar administrativamente… también el Consejo de Estado revisando dijo que no se podía utilizar la figura de una sanción con multa, porque lo que está prohibió es el comercio”.
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