abril 18, 2025

Estas serían las consecuencias de restringir venta de energía en la Bolsa

El Gobierno Nacional ha anunciado que mediante decreto se establecerá que en la Bolsa solamente se podrá negociar hasta un 5 por ciento de la energía que se comercializa en el país, lo que ha generado diversas reacciones, entre ellas la del exministro Amilkar Acosta Medida, quien considera ilegal e inconveniente la medida.

El propósito del presidente Gustavo Petro, es que empresas como Air-e tengan la posibilidad de comprar la energía, mayoritariamente mediante contratos bilaterales, lo que garantiza unas tarifas más bajas y estables.

Sin embargo, hay un factor que pone en duda si en la práctica esa medida se podrá aplicar con los resultados que ha proyectado el gobierno, y es si la mencionada compañía comercializadora de energía en Atlántico, Magdalena y La Guajira, podrá concretar la compra de tanta energía de manera directa.

La idea es que en un escenario como el planteado de restricción en la Bolsa, Air-e tendrá que comprar bilateralmente casi en su totalidad la energía que le vende a sus clientes, pero requerirá para ello de unas garantías, que por su crisis financiera, no estaría en condiciones de constituir.

Es bueno recordar que antes de ser intervenida por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, esta empresa estaba expuesta en Bolsa en más del 50%, lo que trajo consigo unas tarifas elevadas. Hoy esa exposición se ha ido reduciendo gracias a unos acuerdos con los generadores logrados por el anterior agente especial, Edwin Palma, hoy ministro de Minas y Energía.

El experto en temas energéticos, Amilkar Acosta, al ser consultado por El Norte, planteó que si esa norma se impone, “Air-e tiene que salir a contratar el 95% de su energía en contratos bilaterales”. Dijo que sería bueno que lo pudieran hacer porque en Bolsa el kilovatio-hora está por estos días entre 500 y 550 pesos y el de contratos a largo plazo, unos 300 pesos. “Lo que sucede es que Air-e, para firmar esos contratos bilaterales, tiene que constituir unas garantías y no tiene con qué”.

Escenario de generadoras

También se refirió a las consecuencias que traería este decreto para el sector de la generación, indicando que no son las mejores, dado que en determinado momento tendrían que vender la energía a menos precio del que la producen, porque los contratos, como son bilaterales son ley para las partes, vinculantes, y por lo tanto hay que cumplirlos.

“Entonces, una empresa comercializadora firma un contrato con una empresa generadora y en el contrato se establece que la energía durante los dos o tres años de ese contrato, se la va a vender a 300 pesos. Viene un fenómeno de El Niño y resulta que la empresa generadora que contrató esa energía a $300 pesos, pero que en un momento dado los precios se suben por ese fenómeno y llega a 500 pesos o más”, explicó.

El exministro de Minas y Energía agregó que en ese caso a esa empresa generadora “le toca salir a comprar esa energía a 500 o 700 pesos para venderla, porque no puede bajar ese precio pactado en el contrato, le toca venderla a 300 pesos incurriendo en una pérdida por cada kilovatio despachado”.

Subrayó que eso atenta contra uno de los principios fundamentales que rigen el mercado eléctrico, en virtud de la Ley de Servicios Públicos. Es el de la suficiencia financiera, es decir, que los precios no lleven a la quiebra a las empresas. “En ese sentido, en un sentido práctico, yo diría que es insostenible”, subrayó Amilkar Acosta.

Es competencia de la CREG

Según Acosta, hay un aspecto de fondo y es que implementar esa clase de medidas de restricciones en la Bolsa, es una competencia privativa de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, y no del presidente de la República.

“Y se lo dijo con todas sus letras el Consejo de Estado, cuando el señor presidente de la República en febrero de 2023, expidió un decreto mediante el cual reasumía las funciones de la CREG y el Consejo de Estado anuló ese decreto;  y de esa manera el presidente no pudo hacerse a las funciones y competencias”, recordó.

Precisó que el Consejo de Estado le dijo que esas no son funciones delegadas, sino propias de la CREG, otorgadas por la Ley 142 de 1994. “Por eso el presidente advirtió que asumía el riesgo de que le iban a tumbar ese decreto. A sabiendas de ese riesgo, lo quiere asumir”, agregó.

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