De la Espriella propone cambios a reglas de la protesta: así podría actuar la Fuerza Pública

El Gobierno de Abelardo de la Espriella abrió un nuevo frente de debate político y jurídico con el proyecto de decreto que modifica las reglas para la actuación de la Fuerza Pública durante las manifestaciones en Colombia.

El borrador, publicado por el Ministerio del Interior y anunciado por el ministro Rodrigo Lara Restrepo, modifica y adiciona disposiciones del Decreto 003 de 2021, conocido como el Estatuto de Reacción, Uso y Verificación de la Fuerza Legítima del Estado y Protección del Derecho a la Protesta Pacífica Ciudadana.

El documento se encuentra en etapa de comentarios ciudadanos hasta el próximo 4 de octubre, por lo que todavía no constituye una norma vigente. El Gobierno sostiene que la propuesta busca garantizar simultáneamente el derecho a la protesta y los derechos de las personas que no participan en las movilizaciones.

¿Qué cambiaría con el nuevo decreto?

Uno de los puntos que más controversia ha generado está relacionado con el momento en que la Policía podría intervenir frente a hechos violentos.

El proyecto establece que el diálogo y la mediación seguirán siendo mecanismos prioritarios durante las manifestaciones, pero ya no funcionarían como un requisito que obligue a esperar su agotamiento antes de actuar contra una persona que esté cometiendo actos violentos.

De acuerdo con el texto, si durante una protesta se presentan hechos como el uso o porte de armas de fuego, armas cortopunzantes, explosivos o artefactos incendiarios, retención de personas, agresiones contra ciudadanos, policías, personal médico o periodistas, o destrucción de infraestructura, las autoridades podrían intervenir de manera simultánea contra quienes estén ejecutando esas conductas.

La propuesta insiste, sin embargo, en que esa intervención debe ser individualizada y no puede dirigirse contra la manifestación en su conjunto. También mantiene la presunción de que las movilizaciones son pacíficas y señala que quienes participen pacíficamente conservan las garantías establecidas en el protocolo.

Cinco niveles de actuación

El borrador plantea cinco niveles de respuesta de las autoridades. Los primeros contemplan la facilitación, la gestión preventiva, el diálogo directo y la mediación institucional. Los niveles posteriores corresponden a las actuaciones de protección y al restablecimiento del orden.

El nivel uno comprende la actuación de autoridades territoriales, gestores de convivencia y equipos de diálogo. El segundo contempla la interlocución directa con organizadores y participantes, mientras que el tercero incorpora mecanismos de mediación y articulación institucional.

La propuesta permite que, cuando no sea materialmente posible agotar esos primeros niveles, se pueda avanzar en la intervención, pero exige que el Puesto de Mando Unificado deje constancia motivada de las razones para omitirlos.

El proyecto también establece ocho situaciones que deben ser verificadas y registradas para determinar cuándo se entiende agotado el diálogo. Entre ellas aparecen la afectación de servicios hospitalarios, la imposibilidad de permitir el paso de ambulancias, el porte de armas y la destrucción de infraestructura.

Un punto relevante es que los bloqueos de vías, por sí solos, no convertirían automáticamente una manifestación en violenta. Tampoco las molestias o el ruido propios de una jornada de protesta serían suficientes para justificar la intervención de la Fuerza Pública.

Corredores para ambulancias y personas vulnerables

El proyecto introduce además los denominados corredores solidarios, que deberán mantenerse durante las manifestaciones para permitir el paso de ambulancias, bomberos y personas en condiciones de vulnerabilidad, entre ellas adultos mayores, mujeres gestantes y niños.

Después de una jornada en la que se hayan presentado afectaciones, las autoridades tendrían hasta 72 horas para publicar un balance sobre heridos, daños y denuncias.

El borrador conserva igualmente la prohibición del uso de armas de fuego por parte de los uniformados en el marco de estas actuaciones y mantiene la no intervención de las Fuerzas Militares en el manejo de las manifestaciones.

Exmagistrado explica el alcance de la propuesta

El exmagistrado de la Corte Constitucional, Carlos Bernal, explicó que tanto la Constitución colombiana como la Convención Americana sobre Derechos Humanos protegen la libertad de expresión y la protesta, aunque precisó que el ejercicio de un derecho también debe respetar los derechos de terceros.

Según Bernal, uno de los cambios relevantes del proyecto consiste en que una eventual etapa de negociación durante una protesta no impediría que la Fuerza Pública actúe cuando se presenten hechos violentos. A su juicio, el borrador amplía los casos en los que puede considerarse que existen conductas violentas que requieren intervención policial.

El debate se concentra precisamente en el equilibrio entre dos obligaciones estatales: proteger el derecho fundamental a la manifestación y, al mismo tiempo, responder frente a conductas que puedan afectar la integridad de otras personas, los servicios esenciales o la infraestructura.

El Gobierno, por su parte, ha defendido que la propuesta no busca restringir la protesta. Rodrigo Lara afirmó que el proyecto pretende que quienes marchen mantengan sus derechos, mientras que las actuaciones de la Fuerza Pública se concentren en quienes cometan actos violentos.

Por ahora, el decreto sigue siendo un borrador. El Ministerio del Interior recibirá comentarios hasta el 4 de octubre antes de definir el texto definitivo y su eventual expedición.

La discusión, entretanto, promete continuar en los ámbitos político y jurídico, debido a que el proyecto modifica las reglas bajo las cuales las autoridades deberán responder ante futuras jornadas de protesta en Colombia.

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