El Presupuesto General de la Nación para 2027, aprobado por el Senado y la Cámara de Representantes por cerca de $634,9 billones, quedó en medio de una controversia jurídica por un error en el trámite legislativo que habría impedido que ambas corporaciones aprobaran exactamente el mismo texto.
La discrepancia se encuentra en el artículo 65 y obligaría al Gobierno nacional a expedir el presupuesto por decreto, en lugar de sancionarlo como una ley.
El problema se originó durante las sesiones plenarias que se extendieron hasta la madrugada del martes 20 de octubre, cuando vencía el plazo legal para aprobar el proyecto.
Aunque las dos cámaras votaron favorablemente la iniciativa, una modificación incorporada en la Cámara de Representantes no habría sido aprobada previamente en el Senado, lo que abrió el debate sobre la validez del procedimiento.
¿Cuál fue el error que puso en riesgo el presupuesto?
La controversia se concentra en el artículo 65 del proyecto, relacionado con las operaciones financieras de cobertura de riesgos fiscales que puede realizar el Ministerio de Hacienda. Estas herramientas permiten al Estado protegerse frente a las fluctuaciones de los precios del petróleo y los combustibles, así como de la tasa de cambio del peso frente al dólar.
El origen de la diferencia está en una proposición presentada por el senador Juan Fernando Caicedo, del Centro Democrático, que buscaba introducir ajustes en ese artículo. Aunque la iniciativa contó con el aval del Gobierno, fue retirada y no quedó incorporada en el texto aprobado por el Senado.
Sin embargo, al trasladarse el articulado a la Cámara de Representantes, la proposición habría sido incluida entre las modificaciones sometidas a votación. De esa manera, la Cámara terminó aprobando una versión del artículo 65 que contenía dos parágrafos adicionales, mientras que el Senado lo había aprobado sin esos cambios.
La diferencia pudo pasar inadvertida en medio de la premura por completar el trámite antes del vencimiento del plazo. Pero, desde el punto de vista legislativo, cuando las plenarias de ambas cámaras aprueban textos diferentes, se requiere un procedimiento de conciliación para unificar las versiones antes de que el proyecto pueda convertirse en ley.
El inconveniente es que ese procedimiento no se realizó y el plazo para aprobar el presupuesto ya había vencido. Por eso, la discusión dejó de ser exclusivamente económica y pasó al terreno jurídico: determinar si el error compromete toda la iniciativa o si sus efectos pueden limitarse al artículo cuestionado.
¿Qué pasará con los recursos aprobados?
El Gobierno anunció que expedirá el presupuesto mediante decreto, con fundamento en el artículo 59 del Estatuto Orgánico del Presupuesto. La decisión implica tomar como referencia el proyecto aprobado en el primer debate por las comisiones económicas conjuntas, por un monto de $634,9 billones.
Esto significa que, aunque se mantiene la cifra global prevista para 2027, podrían quedar por fuera varios cambios negociados durante los debates finales en el Congreso.
Entre los ajustes que se perderían figuran:
Salud: $3 billones adicionales para las EPS, que se habían acordado durante el trámite legislativo.
Subsidios de energía y gas: otros $3 billones adicionales destinados a apoyar estos servicios públicos.
Jurisdicción Especial para la Paz (JEP): un ajuste presupuestal adicional de $11.400 millones que se había incorporado en las últimas discusiones.
Fondo Milagro: cambios relacionados con el uso de los recursos destinados a atender las consecuencias del terremoto del 10 de agosto.
La pérdida de estas modificaciones tendría repercusiones en la distribución de los recursos públicos y en los compromisos que el Gobierno había asumido con diferentes sectores durante las negociaciones presupuestales.
¿Se cayó todo el presupuesto o solamente el artículo 65?
Este es el punto central de la discusión jurídica. Mientras algunos congresistas sostienen que la falta de conciliación impide que el proyecto se convierta en ley, otros consideran que el error podría limitarse al artículo 65 y no necesariamente invalidar el resto del articulado.
El abogado Vladimir Salazar, especialista en derecho administrativo, planteó que una eventual irregularidad en ese apartado no significa automáticamente que todo el presupuesto deba quedar sin efecto. En esa interpretación, la discusión podría concentrarse en la validez del artículo que fue aprobado con diferencias entre las dos cámaras.
Por su parte, el Gobierno optó por la expedición mediante decreto, mecanismo previsto para cuando el Congreso no expide oportunamente el presupuesto.
El vicepresidente José Manuel Restrepo explicó que la medida no significa que el proyecto haya sido rechazado por el Legislativo, sino que se aplicará el procedimiento establecido en el Estatuto Orgánico del Presupuesto.
El Ejecutivo también conserva la posibilidad de presentar posteriormente un nuevo proyecto de ley para buscar la incorporación de modificaciones que quedaron por fuera del texto que se expida por decreto.
Un error legislativo con consecuencias económicas
El episodio evidencia los riesgos de tramitar una iniciativa de esta magnitud bajo la presión del vencimiento de los plazos. La aprobación de un presupuesto nacional exige no solo mayorías políticas, sino también que los textos votados por Senado y Cámara coincidan o que sus diferencias sean resueltas mediante los procedimientos correspondientes.
En este caso, la diferencia en un artículo relacionado con operaciones de cobertura fiscal terminó comprometiendo el procedimiento de aprobación de un presupuesto de $634,9 billones, destinado a financiar el funcionamiento del Estado, la inversión pública y las obligaciones de la Nación durante 2027.
Más allá de la controversia política, el principal interrogante es cómo quedarán distribuidos finalmente los recursos y si el Gobierno tendrá que impulsar nuevas modificaciones legislativas para recuperar las partidas acordadas durante los debates finales.
La conclusión es que el presupuesto no desaparece como instrumento de financiación del Estado: el Gobierno anunció que lo expedirá por decreto. Lo que está en juego es el mecanismo jurídico de aprobación y la posibilidad de conservar los cambios introducidos durante la última etapa de discusión en el Congreso.
Noticia relacionada: https://elnorte.com.co/congreso-de-la-republica-aprobo-presupuesto-general-de-la-nacion-para-2027-por-6349-billones/

Más historias
Kilovatio 360°: La apuesta de la CCB para impulsar la eficiencia energética y la competitividad empresarial
ECOS impulsa su estrategia de expansión en Colombia con una renovación integral de marca e infraestructura
En operación comercial al 100% complejo solar de Enel en Atlántico, con capacidad de 985 megavatios