Dian definió calendario tributario para el año 2026, estos son los plazos clave para cumplir con las obligaciones

El Gobierno Nacional, a través de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), estableció los plazos y fechas para que los contribuyentes colombianos cumplan con sus responsabilidades tributarias durante el año 2026. Un dato fundamental para este ejercicio es el valor de la Unidad de Valor Tributario (UVT), la cual se ha fijado en $52.374 para el año 2026.

Estos son los vencimientos más relevantes para los principales impuestos nacionales:

Impuesto sobre la Renta y Complementarios

El cumplimiento de esta obligación varía según la categoría del contribuyente:

• Grandes Contribuyentes: Deberán cancelar el impuesto en tres cuotas. El pago de la primera cuota será entre el 10 y el 23 de febrero de 2026. La presentación de la declaración y el pago de la segunda cuota se realizará entre el 13 y el 24 de abril, mientras que la tercera cuota vencerá entre el 10 y el 24 de junio de 2026.

• Personas Jurídicas: Las sociedades y entidades que no sean grandes contribuyentes pagarán en dos cuotas iguales. La presentación y primera cuota se llevarán a cabo del 12 al 26 de mayo de 2026, y la segunda cuota del 09 al 23 de julio de 2026.

• Personas Naturales y Sucesiones Ilíquidas: Los plazos para declarar y pagar el impuesto correspondiente al año gravable 2025 iniciarán el 12 de agosto y finalizarán el 26 de octubre de 2026, dependiendo de los últimos dos dígitos del NIT.

Impuesto sobre las Ventas (IVA) e Impuesto al Consumo

La periodicidad de estos impuestos depende de los ingresos brutos del contribuyente al 31 de diciembre de 2025:

• IVA Bimestral: Obligatorio para grandes contribuyentes y aquellos con ingresos iguales o superiores a 92.000 UVT ($4.581.508.000). Los periodos vencen en los meses de marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre de 2026, y enero de 2027.

• IVA Cuatrimestral: Para quienes tengan ingresos inferiores a 92.000 UVT. Los vencimientos son: del 12 al 26 de mayo (periodo enero-abril), del 09 al 22 de septiembre (mayo-agosto) y del 13 al 26 de enero de 2027 (septiembre-diciembre).

• Impuesto Nacional al Consumo: Los responsables de este tributo (incluyendo bolsas plásticas y cannabis) deberán declarar y pagar de forma bimestral, siguiendo los mismos plazos que el IVA bimestral.

Impuesto al Patrimonio

Están sujetos a este impuesto quienes posean un patrimonio líquido igual o superior a 72.000 UVT ($3.770.928.000) al inicio del año 2026. La declaración y el pago de la primera cuota (50%) se realizará entre el 12 y el 26 de mayo de 2026. El pago de la segunda cuota restante deberá efectuarse a más tardar el 14 de septiembre de 2026.

Otros vencimientos importantes

El calendario también contempla obligaciones como la Retención en la Fuente, que se debe declarar y pagar mensualmente entre el séptimo y el décimo sexto día hábil de cada mes. Por su parte, los inscritos en el Régimen Simple de Tributación (RST) deberán presentar su Declaración Anual Consolidada entre el 17 y el 23 de abril de 2026.

La Dian afirma que es vital que los contribuyentes consulten el último dígito de su NIT para determinar la fecha exacta que les corresponde, evitando así sanciones por extemporaneidad o la reclasificación de su régimen tributario.

Noticia relacionada: https://elnorte.com.co/mas-de-6-5-millones-de-personas-naturales-presentaron-su-declaracion-de-renta-recaudo-sumo-23-6-billones/