Este jueves EPM publicó el aviso de oferta de la primera etapa para dar inicio el viernes 10 de octubre de 2025 al proceso de enajenación de su participación accionaria en UNE EPM Telecomunicaciones S.A. (UNE), equivalente al 50,00001 % del capital suscrito y pagado de dicha sociedad, luego de obtener la autorización por parte de la Superintendencia Financiera de la inscripción temporal de dichas acciones en el Registro Nacional de Valores y Emisores (RNVE).
Esta autorización le permite a EPM iniciar la primera etapa dirigida a los destinatarios de condiciones especiales, entre quienes se encuentran: trabajadores activos y pensionados de la empresa, asociaciones de empleados o exempleados, sindicatos de trabajadores, fondos de empleados, fondos de cesantías y pensiones y entidades cooperativas, entre otros, de acuerdo con el listado que contiene el artículo 3 de la Ley 226 de 1995 y la Ley 798 de 2002.
En cumplimiento de los mecanismos de amplia publicidad y libre concurrencia que establece esta Ley, y para el entendimiento de la oferta pública de venta en la primera etapa, desde hoy se encuentra disponible en dos diarios de circulación nacional el aviso de oferta de la primera etapa. Así mismo, en la página web: http://www.epm.com.co/institucional/enajenacion-de-acciones-de-epm-en-une/ los interesados en adquirir estas acciones podrán encontrar la información de la Compañía y todos los documentos del proceso, como el programa y el reglamento de enajenación de la primera etapa, el prospecto de información de UNE y el aviso de oferta de la primera etapa, con el fin de que puedan realizar sus propios análisis y presentar aceptaciones para comprar acciones de la compañía.
En caso de que EPM no logre enajenar todas sus acciones durante la primera etapa, las acciones remanentes serán ofrecidas en la segunda etapa del proceso, la cual estará dirigida al público en general, es decir, que cualquier persona natural o jurídica podrá participar y presentar ofertas, según lo que se establezca en el reglamento que se emita para dicha etapa.
Ahora bien, si luego de agotarse la segunda etapa, EPM sigue siendo propietario de acciones de UNE, estas se deberán ofrecer a Millicom en virtud de su derecho de preferencia establecido en los estatutos y en el Acuerdo de Accionistas de UNE. Si Millicom no ejerce dicho derecho, EPM podrá posteriormente vincularlo al proceso de enajenación mediante el cual se ofrecerían al público en general la totalidad de las acciones propiedad de ambos accionistas.
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