¿33 años de cárcel a Enrique Vives por atropellar y matar a seis jóvenes en Gaira?

*Por disposición de una juez municipal de control de garantía, Enrique Vives, deberá permanecer en prisión a la espera del juicio definitivo.

Surtidas las primeras etapas del proceso en contra del empresario samario Enrique Rafael Vives Caballero, y quien fue enviado a la cárcel como responsable de atropellar con su camioneta a siete jóvenes, de los actuales seis fallecieron en el lugar de hecho, la troncal del Caribe a la altura del sector de Gaira en Santa Marta, viene una lucha jurídica que genera expectativas.

Expertos en Derecho Penal explican que con el delito imputado por la Fiscalía, el señor Vives se enfrenta a la posibilidad de pagar una pena entre 17 a 33 años de prisión. El ente investigador solicitó la máxima pena establecida para quien cometa esta clase de delito.

El trágico incidente se registró, según las versiones reveladas por las autoridades de la capital del Magdalena, hacia la una de la madrugada del lunes 13 de septiembre, y viene a sumarse a hechos de impacto que han sacudido a los samarios y magdalenenses, sobre todo, en el último año y medio.

Es de recordar la muerte de 45 personas incineradas cuando extraían gasolina de un carrotanque se habían accidentado la vía Ciénaga-Barranquilla, en julio del 2020 y se produjo una explosión. Mucho antes, en mayo del 2014, también murieron calcinado 33 niños dentro de un bus de una iglesia evangélica, que presentaba falla mecánica y trató de subsanar el conductor. Estos casos hacen tramites en diferentes instancias judiciales, buscando reparaciones a familiares de las víctimas.

En el más reciente, el del accidente cerca a Gaira, después de haberse superado unas situaciones calificadas de argucias jurídicas de parte de la defensa del acusado, Vives Caballero, esta madrugada de hoy domingo 19 de septiembre, la Juez Primero Municipal con Funciones de Control de Garantías, Olmis Cotes, dictó medida de aseguramiento preventiva en centro carcelario al empresario, como lo solicitó con pruebas la Fiscalía.

El abogado Álex Fernández Harding, defensor de Vives, por su parte argumenta que, en ningún momento hubo intención dolosa de causar la muerte a los jóvenes y que las circunstancias podrían encuadrarse en un delito culposo. Sin embargo, la Fiscalía en su actuación en favor de las victimas advierte que se comprobó exceso de velocidad en el vehículo conducido por Vives Caballero, más estado de embriaguez, lo que se traduce en una conducta dolosa.

“Usted, por el exceso de velocidad y por el estado de embriaguez, no pudo frenar ni maniobrar (…) Encontraron un cadáver encima de su vehículo (…) Usted sabía que estaba poniendo en riesgo la vida y la integridad personal y pese a ello dejó el resultado al azar, es un accidente sin precedentes en la ciudad”, asegura la Fiscalía.

Y agrega “Es un ciudadano que, por su condición social y conexidad con la comunidad samaria era conocedor de estas situaciones, de la ley, y puso en riesgo la vida personal dejando ese resultado al azar con el trágico resultado de seis muertos y una persona en cuidados intensivos”.

 

FUNDAMENTOS DE LA JUEZ

La juez Cotes, tras valorar pruebas y argumentos entregó sus conclusiones. “Este despacho considera que la conducta no se llevó a cabo porque en el lugar no había luces o porque todas estas personas se les fueron al vehículo para que las arrollaran, o invadieron el carril para que las atropellaran, todo indica que en el lugar se tomaron fotografías que demuestran que sí había iluminación y si no la había la persona debió ser más cuidadosa”.

La defensa del empresario anunció apelación de la medida impuesta por la juez, indicando que no hay coherencia en su decisión.

Ahora, lo que a continuación prosigue es el juicio en el que, de acuerdo con consulta jurídica elevada al abogado penalista, Alfonso Camerano Fuentes, viene el verdadero debate en torno a que, si hubo conducta culposa o dolosa, con base en pruebas que ambas partes aporten.

Camerano explica que en el delito culposo hay causales de agravamiento, pero deben quedar demostradas, como si la persona estaba bajo los efectos de alcohol u otra sustancia que adulteren su estado normal de conciencia, o si abandona el sitio, entre otros aspectos.

La Fiscalía argumenta que el delito de dolo eventual, que, en criterio del jurista, podría sustentarse en que la “intención dañosa era previsible”. Primero por lo que representa manejar un vehículo en la que hay implícita una situación de peligro y riesgo y más cuando no se cuenta con la experticia en su maniobrabilidad, de acuerdo con el señalamiento de las leyes.

Agrega que aunque en el delito culposo no se tiene la intención de causar un daño específico y las penas contempladas son más benévolas, sí hay una rigurosidad, con respecto a la presunción de inocencia, más que en el delito doloso y eso es necesario demostrarlo.

El jurista consultado reitera que el hecho de estar al frente del volante de un vehículo se debe ser consciente que se tiene una responsabilidad y toca cumplir con todas las normas de tránsito. Incluso, estar atento al estado mecánico del vehículo cuenta. “Si ejerces una actividad peligrosa debes tener idoneidad”, concluye.

Por el impacto del accidente, han intervenido las principales autoridades administrativas del Magdalena y su ciudad capital.

En las últimas horas el gobernador Carlos Caicedo, en un consejo de seguridad, se pronunció. “Todo lo que sucedió de carácter irregular debe ser investigado y sancionado”, manifestó el Mandatario, al tiempo que le pidió al Bienestar Familiar prestarles asistencia psicosocial a las familias de los jóvenes muertos y a la del menor de edad que lucha por sobrevivir en un centro asistencial.

Mientas, voces de las familias afectadas con la tragedia reclaman justicia.