Corte Suprema ordena libertad de Iván Name y Andrés Calle por vencimiento de términos en el caso UNGRD

La Corte Suprema de Justicia concedió la libertad provisional a los expresidentes del Senado, Iván Name, y de la Cámara de Representantes, Andrés Calle, procesados por su presunta participación en el escándalo de corrupción de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD). La decisión se fundamentó en el vencimiento de términos judiciales, debido a que transcurrió el plazo máximo legal sin que se culminara la audiencia pública de juzgamiento.

La determinación fue adoptada el viernes 9 de octubre de 2026 por la Sala Especial de Primera Instancia del alto tribunal, que concluyó que habían transcurrido 12 meses desde que quedó en firme la resolución de acusación, sin que existieran razones atribuibles a los procesados o a sus abogados que justificaran mantenerlos privados de la libertad durante más tiempo.

Sin embargo, la decisión no significa que Iván Name y Andrés Calle hayan sido absueltos ni que el proceso penal en su contra haya terminado. Ambos deberán continuar respondiendo ante la justicia por los hechos que se les atribuyen en el expediente de la UNGRD.

¿Por qué la Corte Suprema ordenó dejarlos en libertad?

Uno de los argumentos centrales de la decisión es que el plazo legal para avanzar hacia el juzgamiento se agotó sin que se hubiera culminado la audiencia correspondiente.

La resolución de acusación quedó en firme el 7 de octubre de 2025. Aunque el término ordinario para adelantar esta etapa es de seis meses, la Corte determinó que en este caso debía ampliarse a 12 meses por la práctica de pruebas en el exterior.

Ese plazo adicional también venció sin que se completara el juzgamiento, circunstancia que llevó a la Sala Especial de Primera Instancia a conceder la libertad provisional solicitada por las defensas.

En su análisis, los magistrados tuvieron en cuenta que el tribunal había adelantado diligencias durante el proceso, entre ellas la recepción de declaraciones de 12 testigos y la recopilación de elementos documentales. No obstante, las actuaciones realizadas, la complejidad del expediente y las dificultades para avanzar en el juicio no permitían prolongar indefinidamente la detención preventiva.

La decisión también consideró que la audiencia pública no se encontraba suspendida por una causa justa o razonable ni que su falta de culminación obedeciera a actuaciones atribuibles a los procesados o a sus defensores.

De esta manera, la Corte aplicó las garantías procesales relacionadas con el vencimiento de términos y el derecho a la libertad, sin que ello implique un pronunciamiento definitivo sobre la responsabilidad penal de los dos excongresistas.

Las condiciones para recuperar la libertad

La orden judicial dispuso la expedición de las respectivas boletas de libertad, condicionada al cumplimiento de los requisitos establecidos por la Sala.

Cada uno deberá pagar una caución prendaria equivalente a diez salarios mínimos legales mensuales vigentes, correspondiente a aproximadamente 17,5 millones de pesos, y suscribir un acta de compromiso ante el tribunal.

Además, deberá cumplir las obligaciones fijadas por la justicia para garantizar su comparecencia y permanencia a disposición de las autoridades durante el proceso. La salida de prisión también está sujeta a la verificación de que no sean requeridos por otra autoridad judicial.

Name y Calle permanecían privados de la libertad en la cárcel La Picota, en Bogotá, desde el 7 de mayo de 2025.

La decisión representa un cambio en su situación jurídica, pues podrán enfrentar en libertad las siguientes etapas del proceso, siempre que cumplan las condiciones impuestas por la Corte.

El escándalo de la UNGRD y los presuntos sobornos

El proceso judicial está relacionado con el supuesto pago de sobornos a los entonces presidentes del Senado y de la Cámara de Representantes para conseguir respaldo legislativo a iniciativas del Gobierno nacional, entre ellas las reformas pensional y de salud.

De acuerdo con la hipótesis de la investigación, Iván Name habría recibido presuntamente 3.000 millones de pesos, mientras que a Andrés Calle se le atribuye la recepción de 1.000 millones de pesos.

Los recursos estarían relacionados con el entramado de corrupción que se habría configurado alrededor de contratos de la UNGRD, incluida la adquisición de 40 carrotanques destinados a suministrar agua potable a comunidades de La Guajira.

En el expediente aparecen como protagonistas el exdirector de la entidad, Olmedo López; el exsubdirector Sneyder Pinilla, y la entonces consejera presidencial para las Regiones, Sandra Ortiz, señalados de participar en diferentes etapas de las operaciones investigadas. Sus actuaciones y las de los demás involucrados deberán ser valoradas dentro de los respectivos procesos judiciales.

La hipótesis de las autoridades sostiene que los pagos ilegales habrían buscado asegurar apoyos políticos en el Congreso. No obstante, las responsabilidades individuales deben establecerse mediante las decisiones judiciales correspondientes.

¿Qué sigue en el proceso contra Iván Name y Andrés Calle?

Con la decisión de libertad provisional, el proceso penal continúa. La Corte Suprema deberá avanzar en las actuaciones pendientes y en el desarrollo del juzgamiento para determinar si existen pruebas suficientes que permitan establecer la responsabilidad de los acusados.

Los dos excongresistas enfrentan cargos relacionados con presunto cohecho impropio y peculado por apropiación en favor de terceros, agravado, según la acusación. La libertad por vencimiento de términos no elimina esos cargos ni impide que el juicio continúe.

El caso UNGRD sigue siendo uno de los expedientes de corrupción de mayor repercusión política y judicial en Colombia, por las presuntas irregularidades en el manejo de recursos públicos y los señalamientos sobre posibles pagos ilegales para obtener respaldo a iniciativas gubernamentales.

La decisión de la Corte, por tanto, resuelve la situación de detención preventiva de Name y Calle, pero deja pendiente el asunto de fondo: establecer judicialmente si participaron en los hechos investigados y si deben responder penalmente por ellos.