Fenalco demandó decreto del Gobierno sobre el sector transporte

La Federación Nacional de Comerciantes Empresarios (Fenalco) presentó ante el Consejo de Estado una demanda de nulidad simple y una solicitud de suspensión provisional contra los artículos 17 y 18 del Decreto 1017 de 2025, emitido por el Ministerio de Transporte el pasado 21 de septiembre.

El gremio empresarial sostiene que la medida es inconstitucional y perjudicial, ya que en la práctica encarece de manera considerable la operación de los transportadores.

Jaime Alberto Cabal, presidente de Fenalco, explicó que las disposiciones del decreto generan un fuerte perjuicio al sector. La acción judicial enfatiza que se incrementó de forma abrupta y arbitraria el aporte obligatorio al Fondo para la Promoción de Ascenso Tecnológico (Fopat), pasando del 15% al 25% del valor comercial del vehículo antes del IVA.

Además del aumento tarifario, el decreto amplía el universo de obligados, incluyendo ahora vehículos de carga desde las 3.5 toneladas.

El gremio advierte que el Decreto 1017 golpea directamente a camiones livianos, medianos, pesados y volquetas nuevos. Este cambio impacta de manera directa a varios segmentos vitales de la economía.

Por ejemplo los camiones livianos (3.5–7.5 toneladas), usados por pymes, repartidores urbanos y pequeños transportadores, quienes enfrentan la mayor caída relativa en la demanda.

Camiones medianos (7.5–10.5 toneladas), que son esenciales para el abastecimiento regional y la distribución de alimentos.

También los camiones pesados (>10.5 toneladas). Activos de alto valor unitario fundamentales para el transporte de larga distancia, y volquetas, lave en construcción y minería, cuya renovación se ralentiza por el nuevo aporte del 25%, afectando la productividad sectorial.

Según Cristian Eduardo Stapper Buitrago, Vicepresidente de Litigio, Entorno y Relacionamiento Externo de Fenalco, la medida impone cargas económicas desproporcionadas sobre los transportadores.

Argumentos de inconstitucionalidad y exceso regulatorio

La acción judicial se basa en que el decreto vulnera de manera evidente la Constitución Política. Fenalco afirma que el Ejecutivo desconoció el principio de legalidad tributaria al modificar elementos esenciales de un tributo, como el hecho generador, la base gravable, el sujeto pasivo y la tarifa, sin contar con la debida autorización legal.

Adicionalmente, el gremio advierte una extralimitación de la potestad reglamentaria. El decreto crea normas nuevas, amplía obligaciones y delega facultades normativas al Ministerio de Transporte sin un mandato expreso. Stapper Buitrago también señaló la falta de motivación suficiente, ya que los considerandos no explican la reducción del umbral técnico ni el incremento de la tarifa, afectando la transparencia y la proporcionalidad de la función administrativa.

El gremio de los comerciantes ha solicitado al Consejo de Estado decretar la suspensión provisional de los artículos demandados. El objetivo es evitar que se sigan generando situaciones jurídicas irreversibles y que se impongan cargas económicas desproporcionadas. El gremio considera que la suspensión provisional es indispensable para proteger la legalidad y evitar un daño irreparable al sector.

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