La Fiscalía General de la Nación acusó formalmente al sacerdote Manuel Cely Silva por su presunta responsabilidad en delitos sexuales contra un niño de seis años que estudiaba en un colegio de Bogotá.
El religioso deberá enfrentar un juicio oral por los hechos que, según la investigación, habrían ocurrido entre agosto de 2022 y agosto de 2023.
El ente acusador le atribuye los presuntos delitos de acceso carnal abusivo con menor de 14 años y actos sexuales con menor de 14 años, ambas conductas agravadas.
La investigación, adelantada por una fiscal de la Unidad Especial de Investigación de Delitos Priorizados Cometidos contra Niños, Niñas y Adolescentes (UENNA), señala que Cely Silva se habría valido de su posición como director de un monasterio y sacerdote vinculado al colegio donde estudiaba el niño para llevarlo, en varias oportunidades, a zonas privadas del recinto religioso.
Según la hipótesis de la Fiscalía, el religioso habría tomado de la mano al estudiante para conducirlo hasta esos espacios, donde presuntamente habría cometido conductas de carácter sexual contra el menor. Los hechos investigados corresponden al periodo en el que el sacerdote desempeñaba esas funciones en la institución educativa.
La acusación formal representa un nuevo paso en el proceso penal y permitirá que las pruebas y los señalamientos de la Fiscalía sean debatidos ante un juez durante la etapa de juicio oral. La responsabilidad del acusado deberá establecerse en el marco del proceso judicial.
Un caso que se remonta a 2022
El caso había trascendido públicamente después de que la familia del menor denunciara lo ocurrido. En diciembre de 2024, la Fiscalía ya había imputado a Manuel Cely Silva por los presuntos delitos sexuales, los cuales fueron formulados con circunstancias de agravación. Según los antecedentes divulgados, el sacerdote no aceptó los cargos en esa etapa.
La denuncia se relacionó con hechos que habrían ocurrido en instalaciones del entorno educativo y religioso al que asistía el niño. La familia habría acudido a profesionales de apoyo al advertir comportamientos que despertaron preocupación, lo que posteriormente condujo a poner la situación en conocimiento de las autoridades.
El caso también generó cuestionamientos sobre la actuación de la institución educativa. En septiembre de 2026, la Secretaría de Educación de Bogotá sancionó al Colegio San Carlos por fallas en la aplicación del protocolo de atención de situaciones de presunta violencia sexual. Esa actuación administrativa corresponde a un proceso distinto del juicio penal contra el sacerdote.
Juicio oral y protección del menor
Con la presentación de la acusación, el proceso deberá avanzar hacia el juicio oral, cuya fecha será determinada por el juez competente. En esa etapa, la Fiscalía tendrá que sustentar sus señalamientos y presentar los elementos probatorios que considere pertinentes, mientras la defensa podrá ejercer su derecho de contradicción.
Por tratarse de una investigación relacionada con un niño, las autoridades deberán garantizar la protección de su identidad, su intimidad y sus derechos durante las actuaciones judiciales.
El caso vuelve a poner sobre la mesa la importancia de que los colegios y las instituciones religiosas activen oportunamente las rutas de atención ante cualquier señal de posible violencia sexual contra menores de edad, informen a las autoridades competentes y adopten medidas de protección para evitar nuevos riesgos.
Mientras avanza el proceso, los señalamientos contra Manuel Cely Silva continúan siendo de carácter presunto y será la justicia la encargada de determinar su responsabilidad penal.

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