El presidente Gustavo Petro ha confirmado su intención de viajar a Nueva York para asistir a la primera sesión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (ONU) en 2026.
Este anuncio se produce en un tenso contexto diplomático, ya que el viaje representa un reto directo a las sanciones y determinaciones migratorias impuestas por la administración estadounidense.
Colombia asumirá su lugar como miembro temporal del Consejo de Seguridad de la ONU a partir del 1 de enero de 2026 y por un periodo de dos años. Será uno de los 10 países que integrará temporalmente esta instancia, cuyos únicos miembros permanentes son Estados Unidos, Reino Unido, Rusia, Francia y China.
“Colombia va a ser, desde el primero de enero, miembro del Consejo de Seguridad. Yo tendré el placer de volver a Nueva York, así no quiera recibirme por allá el gobierno federal”, expresó el mandatario.
El doble desafío: Visado y Lista Clinton
La polémica central radica en que la anterior administración de Donald Trump retiró la visa diplomática al mandatario colombiano y a varios miembros de su gabinete, incluida la canciller Rosa Villavicencio.
Adicionalmente, Petro y su círculo cercano fueron incluidos en la lista de la OFAC (Oficina de Control de Activos Extranjeros), más conocida como la Lista Clinton.
Ante este escenario, la gran pregunta en los círculos diplomáticos es si el mandatario tiene la capacidad legal para participar en las actividades de las Naciones Unidas en territorio estadounidense.
Obligación legal de Estados Unidos
Antiguos miembros de la Cancillería colombiana señalaron que no hay impedimento alguno para que el primer mandatario asista a la sesión del Consejo de Seguridad. El presidente puede asistir en su condición de jefe de Estado reconocido por la ONU.
Expertos en derecho internacional sostienen que EE. UU. está legalmente obligado a permitir el ingreso de representantes de los Estados miembros de la ONU que viajen a su sede en Nueva York para cumplir con funciones oficiales.
Esta obligación deriva del Acuerdo de la Sede de las Naciones Unidas, firmado en 1947 entre Washington y la organización, en el que el país anfitrión se compromete a facilitar la entrada y tránsito de delegaciones oficiales. Este acuerdo prohíbe la discriminación por razones políticas, diplomáticas o personales.
Precedentes de visados restringidos
Si bien la visa diplomática le fue retirada a Petro, él y otros mandatarios de Estados reconocidos tienen una protección especial para participar en las actividades de la ONU.
En este caso, lo más probable es que se otorgue un visado con ciertas restricciones. El mandatario colombiano no contaría con la movilidad de viajes anteriores, pero podría llegar a Nueva York, desplazarse a su hotel o lugar de hospedaje y asistir al edificio de las Naciones Unidas.
Existen múltiples precedentes de este tipo. Funcionarios de naciones sancionadas por Washington, como Irán, Venezuela, Cuba y Corea del Norte, han asistido a sesiones de la ONU en Nueva York mediante visados restringidos. El caso más reconocido es el de Fidel Castro, quien logró participar en la Asamblea General a pesar de sus diferencias históricas con Estados Unidos.
Aunque Colombia es uno de los 193 países miembro oficiales de la ONU, lo que la distingue de casos pasados de denegación de visado a líderes de organizaciones no reconocidas como Estado, como ocurrió con Mahmud Abás o Yasser Arafat, la situación de Petro podría generar una gran polémica.
La Cancillería colombiana deberá canalizar la solicitud de visado a través de la Misión Permanente ante la ONU, encargada de gestionar el proceso ante el Departamento de Estado.
Si bien este proceso suele resolverse en días, el contexto político actual podría complicar o dilatar la decisión estadounidense. A fin de cuentas, el presidente Petro sí requiere una autorización de la administración estadounidense para ingresar al país, incluso bajo condiciones limitadas.
Además, la inclusión en la lista de la OFAC presenta un problema financiero, pues Petro podría requerir una licencia especial de esa oficina para autorizar los pagos asociados al viaje (hospedaje o transporte) sin incumplir las sanciones financieras, a menos que otra persona los realice a su nombre.

Más historias
Dos ataques con drones sacuden a la Fuerza Pública en Cesar y Huila: un herido
ANDI acepta renuncia de Bruce Mac Master y prepara proceso para elegir a su sucesor
Procuraduría alerta por riesgos en contrato de Air-e con empresa china para invertir hasta $1 billón