Superintendente Cielo Rusinque y ministra de Vivienda, Helga Rivas.

Proyecto de decreto del Gobierno para evitar aumentos desproporcionados en el precio de la vivienda

El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, en un trabajo conjunto con la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), radicó un nuevo proyecto de decreto diseñado para proteger la estabilidad económica de las familias que aspiran a adquirir una Vivienda de Interés Social (VIS) o Vivienda de Interés Prioritario (VIP). Esta medida surge como respuesta a las prácticas de aumentos desproporcionados en los precios de los inmuebles, derivadas de las alzas anuales del salario mínimo.

El propósito central de esta normativa es evitar incrementos abruptos en el costo de las viviendas, asegurando que cualquier ajuste se limite exclusivamente a la evolución de los costos de construcción y no al aumento del salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV).

En el mencionado proyecto el Ministerio de Vivienda armoniza el tope máximo general de la VIS en 135 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), en coherencia con lo dispuesto en el Plan Nacional de Desarrollo.

Entre los objetivos principales de esta iniciativa se destacan promover la transparencia y garantizar información clara y suficiente para los hogares. Prevenir abusos por parte de las constructoras y brindar seguridad jurídica en los procesos de adquisición. Proteger la planeación financiera de las familias, armonizando el tope máximo de la VIS en 135 SMMLV, según lo dispuesto en el Plan Nacional de Desarrollo.

Igualmente, garantizar que el valor total de la vivienda se pacte en pesos colombianos desde el inicio del proceso, sin indexaciones automáticas.

Vigilancia estricta contra cláusulas injustas

Un componente clave de este decreto es el fortalecimiento de las facultades de inspección de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). La entidad intensificará la vigilancia para prohibir y sancionar el uso de cláusulas contractuales injustas que generen desequilibrios en perjuicio del comprador.

La SIC ha advertido que el uso de contratos de adhesión con cláusulas abusivas será considerado ineficaz de pleno derecho. Asimismo, se considerarán comportamientos contrarios a la ley la dilación de la firma de contratos con el fin de trasladar incrementos futuros del salario mínimo al consumidor, y la publicidad de precios en unidades distintas a la moneda legal, lo cual puede inducir a error o confusión al no reflejar el valor real del inmueble.

Finalmente, las autoridades reiteran que el consumidor solo está obligado a pagar el valor informado al momento de manifestar su voluntad de compra. El proyecto de decreto estará disponible para observaciones ciudadanas hasta el 24 de enero de 2026.