La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios informó que está atendiendo las quejas y denuncias de la ciudadanía de Galapa sobre la falta de acceso al servicio de acueducto en la comunidad.
“Como parte de las acciones de inspección y vigilancia, estamos monitoreando el abastecimiento de agua potable a través de carrotanques, como medida de solución transitoria y dispuesta por las entidades territoriales”, indicó la Superservicios.
Añadió que también están vigilando los avances en la solución técnica de los problemas presentados en la tubería de abducción de 19 kilómetros (aprox), que presenta obstrucciones por sedimentos (lodos) y aire, y es la causa de la falta de agua para los galaperos.
La situación crítica se presenta en el barrio Villa Olímpica, de Galapa, donde más de 5.400 familias están afectadas y piden una rápida solución por parte de la empresa Agua Caribe S.A.S., y de las autoridades.
La Alcaldía de Galapa, a través de un comunicado, informó a la comunidad que “se encuentra al tanto, acompañando y gestionando directamente la atención a la emergencia que enfrentan los habitantes del barrio Villa Olímpica”.
Solución inmediata
Ante la situación que desde hace más de cinco días afrontan los habitantes de la Villa Olímpica, por falta de agua, la Procuraduría General de la Nación requirió a Aguas del Caribe S.A.S y a Aguas del Atlántico E.S.P., garantizar el acceso a este líquido vital a los habitantes de este sector.
Aunque el viernes se llevó a cabo una mesa de trabajo en la Dirección de la Superintendencia de Servicios Públicos, en la cual Aguas del Atlántico S. A. E.S.P asumió el compromiso de contratar carrotanques para abastecer la comunidad, por falta de coordinación y disponibilidad de este medio alternativo, esta empresa no pudo cumplir con lo acordado.
Por lo tanto, y ante la evidente afectación del derecho fundamental al agua a cerca de 26 mil galaperos, la Procuraduría exhorta a las empresas prestadoras del servicio a cumplir con acciones concretas y con el plan de contingencia inmediato que permita superar esta crítica situación, estableciendo una estrategia de atención inmediata, con cronogramas, rutas, puntos de abastecimiento y supervisión, en coordinación con los funcionarios de la alcaldía.
Así mismo, el ente de control les requirió dar cumplimiento a lo resuelto por el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Galapa, que tras admitir una acción de tutela ordenó a Aguas del Caribe S.A.S, y a Aguas del Atlántico E.S.P el suministro inmediato de agua potable mediante carrotanques, garantizando el mínimo vital diario recomendado por la Organización Mundial de la Salud (OMS), es decir, entre 25 y 50 litros por persona, satisfaciendo las necesidades de la población.
Las empresas deberán remitir un informe diario pormenorizado sobre el cumplimiento de la medida, que incluya la identificación de cada vehículo, volumen de agua suministrado, ruta cubierta, usuarios (viviendas) atendidos y demás datos que permitan evaluar el cumplimiento de la orden del juzgado.

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