El Gobierno del presidente Abelardo de la Espriella autorizó de manera extraordinaria el uso de recursos del Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (Fonpet) para ayudar a financiar la atención y reconstrucción de las zonas afectadas por el terremoto del pasado 10 de agosto.
La decisión quedó consignada en el Decreto 1383 del 9 de septiembre de 2026, expedido en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado por el Gobierno Nacional mediante el Decreto 1261 del 19 de agosto y posteriormente modificado por el Decreto 1348 del 31 de agosto.
La medida cobija a los 16 departamentos incluidos en la declaratoria de emergencia —Antioquia, Caldas, Cauca, Chocó, Quindío, Cundinamarca, Risaralda, Huila, Valle del Cauca, Tolima, Norte de Santander, Bolívar, Nariño, Sucre, Santander y Caquetá— además de los municipios que logren acreditar una afectación directa por el sismo.
Uno de los principales objetivos del decreto es dar liquidez a alcaldías y gobernaciones que enfrentan presiones extraordinarias sobre sus finanzas como consecuencia de la emergencia, permitiéndoles utilizar recursos que tienen acumulados en el Fonpet bajo condiciones excepcionales.
Ventana extraordinaria para retirar recursos pensionales
En condiciones normales, las entidades territoriales deben cumplir durante el primer semestre del año con los trámites para solicitar recursos del Fonpet destinados al pago de sus obligaciones pensionales. Sin embargo, la emergencia generada por el terremoto llevó al Gobierno a establecer, únicamente para la vigencia 2026, nuevos plazos.
Las entidades territoriales afectadas tendrán 30 días hábiles desde la expedición del decreto para presentar o corregir los requisitos ante el Ministerio de Hacienda. Posteriormente, dispondrán de hasta 45 días hábiles para tramitar formalmente el retiro de los recursos destinados al pago de la nómina pensional.
La finalidad es que gobernaciones y alcaldías puedan cubrir sus obligaciones pensionales con los recursos acumulados en el Fonpet y, de esta manera, <u>liberar recursos propios para destinarlos a la atención de la emergencia y la reconstrucción.
El decreto aclara que esta flexibilización no implica reducir los estándares de protección del pasivo pensional ni poner en riesgo el pago de las mesadas.
Para los municipios y departamentos que ya hayan alcanzado el 100 % de cobertura de su pasivo pensional en todos los sectores, también se abrió una ventana extraordinaria para retirar excedentes acumulados en los sectores de Educación y Propósito General y destinarlos a la respuesta frente a la emergencia.
En este caso, el Gobierno precisó que la ampliación de los plazos <u>no modifica el nivel de cobertura pensional exigido por la ley. Es decir, no se elimina el requisito prudencial para acceder a estos recursos.
Recursos del Fonpet podrán financiar reconstrucción hospitalaria
Una de las disposiciones de mayor alcance está relacionada con la infraestructura de salud. El decreto autoriza excepcionalmente que, durante 2026, los municipios afectados puedan utilizar recursos excedentes del sector salud acumulados en el Fonpet para recuperar y reconstruir la infraestructura de la red pública de salud</u>.
La decisión responde a los daños ocasionados por el terremoto, que afectó 404 centros de salud ubicados en 185 entidades territoriales.
Los recursos podrán financiar proyectos de recuperación y reconstrucción física de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) públicas, pero no podrán utilizarse de manera discrecional.
Los proyectos deberán estar incluidos en los instrumentos de planeación de inversiones en infraestructura y dotación en salud y cumplir con los requisitos de formulación, evaluación y viabilidad técnica establecidos por la normatividad vigente.
Además, el Ministerio de Salud y Protección Social brindará asistencia técnica y deberá emitir el concepto de viabilidad correspondiente antes de que los recursos puedan ser utilizados.
Un fondo con más de $60 billones
El alcance de la decisión cobra relevancia por el tamaño del Fonpet. Se trata de un fondo sin personería jurídica administrado por el Ministerio de Hacienda, cuyos recursos pertenecen a las entidades territoriales y están destinados principalmente a respaldar el pasivo pensional de alcaldías y gobernaciones y de los sectores de educación, salud y propósito general.
Actualmente, el Fonpet supera los $60 billones bajo administración, lo que lo convierte en uno de los grandes vehículos de ahorro institucional del país.
Una parte importante de estos recursos permanece invertida en el mercado financiero colombiano. Desde 2024, la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional administra directamente cerca de $37 billones, principalmente mediante títulos de deuda pública TES, depósitos remunerados y operaciones overnight.
Con el Decreto 1383, el Gobierno busca convertir de manera excepcional una parte de esos recursos acumulados por las entidades territoriales en una fuente de liquidez para enfrentar los efectos del terremoto, al tiempo que mantiene como prioridad la garantía del pago de las obligaciones pensionales.
La medida representa así una fórmula de emergencia para que los territorios afectados puedan disponer de recursos propios acumulados durante años y destinarlos, bajo condiciones específicas, a la atención de la población damnificada, la recuperación de la infraestructura pública y la reconstrucción de la red hospitalaria.

Más historias
Avanza la transformación del Cortissoz: De La Espriella inspeccionó obras del lado tierra
El 75 % de usuarios de Air-e ahorró energía o mantuvo su promedio
Actores del sector energético acuerdan hoja de ruta frente a la crisis