El Consejo de Estado ordenó la suspensión provisional de dos disposiciones del Decreto 802 del 23 de julio de 2026, mediante el cual el Gobierno Nacional había habilitado un mecanismo para trasladar hasta 4 billones de pesos a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD),
Esta medida había sido adoptada por el Gobierno Nacional en el marco de la declaratoria de desastre nacional por el fenómeno de El Niño. La decisión representa un revés jurídico para el Ejecutivo mientras se estudia de fondo la demanda de nulidad presentada contra la norma.
La medida cautelar recae específicamente sobre los artículos 4 y 5 del decreto presidencial, los cuales facultaban al Ministerio de Hacienda para efectuar modificaciones al Presupuesto General de la Nación con destino a la UNGRD sin la intervención previa del Congreso de la República.
En su análisis preliminar, el alto tribunal consideró que existen elementos suficientes para concluir que el Gobierno habría excedido las competencias que le otorga la Constitución al modificar apropiaciones presupuestales mediante un decreto expedido bajo una declaratoria de desastre, sin que el país se encontrara en un estado de excepción constitucional.
La providencia aclara que la suspensión tiene carácter provisional y estará vigente mientras avanza el proceso judicial que definirá la legalidad de las disposiciones demandadas. En consecuencia, el Gobierno no podrá aplicar esos apartes del decreto para efectuar los traslados presupuestales contemplados.
Se alteraría el presupuesto general
El Consejo de Estado precisó que la decisión no afecta la totalidad del Decreto 802 ni deja sin efectos la declaratoria de desastre nacional decretada por el Ejecutivo para atender los impactos del fenómeno de El Niño. La suspensión se limita exclusivamente a las normas que permitían modificar el presupuesto y trasladar recursos a la UNGRD.
La demanda fue promovida por la senadora María Clara Posada, del Centro Democrático, quien sostuvo que las disposiciones cuestionadas permitían al Ejecutivo alterar el Presupuesto General de la Nación sin la autorización del Congreso, desconociendo el principio de reserva legal en materia presupuestal.
La congresista había solicitado la adopción de una medida cautelar para evitar que los recursos fueran trasladados antes de que el tribunal resolviera el proceso de fondo.
Con esta decisión, el máximo tribunal de lo contencioso administrativo envía un mensaje sobre los límites de las facultades extraordinarias del Gobierno en materia presupuestal y reafirma que, aun en escenarios de desastre nacional, las modificaciones al presupuesto deben ajustarse a los procedimientos previstos por la Constitución y la ley.
El proceso continuará hasta que el Consejo de Estado adopte una decisión definitiva sobre la validez de los artículos demandados.

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