La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) recuerda que el próximo 30 de junio de 2026 vence el plazo definitivo para que las Entidades Sin Ánimo de Lucro (Esal) realicen la actualización de su registro.
Este trámite es de carácter obligatorio para aproximadamente 20.000 organizaciones que actualmente pertenecen al Régimen Tributario Especial (RTE). El cumplimiento de este requisito es el único camino para que estas entidades mantengan su calidad jurídica y los beneficios fiscales que el régimen les otorga, principalmente en materia de impuesto sobre la renta.
La autoridad tributaria ha sido enfática en las consecuencias de no realizar el proceso a tiempo: aquellas ESAL, incluyendo cooperativas, que no presenten la solicitud de actualización antes de la fecha límite, pasarán automáticamente a ser contribuyentes del régimen ordinario del impuesto de renta y complementarios a partir del año del incumplimiento.
Este cambio de régimen no solo implica una mayor carga tributaria, sino que obliga a las entidades a actualizar su Registro Único Tributario (RUT) para reflejar su nueva condición.
Requisitos y procedimiento
El proceso de actualización debe realizarse a través del Servicio Informático del Régimen Tributario Especial (SI RTE-ESAL). Según lo regulado por el Decreto 1625 de 2016, las organizaciones deben preparar y cargar una serie de documentos soporte que incluyen: Estados financieros, Informe anual de resultados, Certificaciones del representante legal y Actas de asamblea.
La Dian recomienda a las corporaciones, fundaciones y cooperativas verificar previamente que su RUT cuente con la responsabilidad 04 (Régimen Tributario Especial) y que toda la documentación sea legible y cumpla con las especificaciones legales.
Finalmente, la entidad hizo una invitación a los representantes legales para no esperar hasta el último día y realizar el trámite con antelación, evitando así contratiempos de última hora que puedan poner en riesgo la estabilidad financiera y los beneficios de estas organizaciones.
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