Suspendido juicio a Uribe por decisión de la Corte Suprema

Por disposición de la Corte Suprema de Justicia, fue suspendido el juicio que se le sigue al expresidente Álvaro Uribe Vélez por los supuestos delitos de fraude procesal, soborno a testigos y soborno en actuación penal.

En medio de la audiencia que se desarrollaba hoy 20 de marzo la juez que preside el juicio al ex jefe de Estado, fue notificada de la decisión. De inmediato, la funcionaria judicial comunicó a las partes la orden del alto tribunal.

La Corte revocó el fallo del Tribunal Superior de Bogotá, a través del cual se había negado la tutela interpuesta por la defensa de Uribe Vélez, que argumentó falta de garantías para su defendido.

Así las cosas, ordenó que se suspenda el proceso penal, hasta tanto no se resuelva una recusación que se presentó contra la juez 44 de Conocimiento, Sandra Liliana Heredia.

Según Jaime Granados, abogado del exsenador Álvaro Uribe, durante la etapa de juicio oral se han presentado supuestas vulneraciones al debido proceso y a los derechos del expresidente.

Dar trámite a la recusación

En la audiencia la juez Sandra Liliana Heredia, expresó: “Debo poner en conocimiento que en este momento está llegando una providencia de la Corte Suprema de Justicia, en donde revocan la decisión de primera instancia de una acción de tutela y me ordenan dar trámite a la recusación en un término improrrogable de 48 horas”.

En tres puntos la Corte Suprema de Justicia adoptó la señalada decisión, que trae como consecuencia que el proceso quede suspendido, los cuales textualmente dicen:

PRIMERO. REVOCAR la sentencia emitida el 21 de febrero de 2025 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, mediante la cual declaró improcedente la tutela invocada, a través de apoderado, por ÁLVARO URIBE VÉLEZ. En su lugar, CONCEDER el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso y de acceso a la administración de justicia.

SEGUNDO. ORDENAR a la Jueza 44 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá que en el término de cuarenta y ocho (48) horas imparta el trámite que establece el inciso 2º del artículo 60 del Código de Procedimiento Penal a la recusación que la defensa de ÁLVARO URIBE VÉLEZ formuló en su contra durante la sesión de juicio oral que se realizó el 10 de febrero de 2025.

TERCERO. PRECISAR que el proceso penal con radicado n.° 11001600010220200027600 que se adelanta contra ÁLVARO URIBE VÉLEZ queda suspendido hasta que se resuelva el incidente de recusación, como lo señala el inciso 1º del artículo 62 del Código de Procedimiento Penal.

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