Ordenan libertad inmediata de alias “La Gata” y retiro de escoltas de su casa

El Instituto Penitenciario y Carcelario, Inpec, tiene la orden de dejar en libertad inmediata a Enilce López, conocida con el alias de “La Gata”.

La orden fue impartida por la jueza sexta de ejecución de penas y medidas de seguridad de Barranquilla. La idea es que debe hacerse efectivo el fallo que ordena la suspensión de la ejecución de la pena por el delito de concierto para delinquir.

Alias “La Gata” le fue negada la libertad, a pesar del señalado fallo,  porque tiene un proceso pendiente por homicidio. En ese sentido el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Cartagena requirió a López Romero, por asesinato en 2014.

Sobre este tema la jueza sexta de ejecución de penas y medidas de seguridad de Barranquilla, consideró que ese hecho no puede afectar el cumplimiento del fallo que ordenó la suspensión de la ejecución de la pena.

El argumento de la funcionaria judicial  es que este caso fue remitido a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) en el año 2018 y todavía no se ha emitido decisión por parte del tribunal especial de paz.

RETIRAR ESCOLTAS

En la decisión de la jueza también se ordena que sea retirado el cuerpo de custodia y vigilancia que permanece en la residencia de Enilse López Romero, alias “La Gata”.

La juez hizo una advertencia, en el sentido que de no cumplirse el fallo, se compulsarán copias para que la Fiscalía y la Procuraduría General investiguen disciplinaria y penalmente a las directivas del Inpec.

“Se ordena al INPEC (Establecimiento penitenciario y carcelario El Bosque), en caso de no haberse efectuado la suspensión de la ejecución de la pena del proceso a la señora ENILCE DEL ROSARIO LOPEZ ROMERO, con fundamento en el artículo 471 en concordancia con el articulo 362 numeral 1 de la ley 600 de 2000, artículo 3 A de la ley 65 de 1993 adicionado por el artículo 2 de la ley 1709 de 2014 y aplicación del precedente de la Corte Suprema de Justicia radicado 61904 del 28 de septiembre de 2022, se materialice de FORMA INMEDIATA#, dice el fallo.

Agrega que ello se debe dar toda vez que tanto el juzgado 1° Penal del Circuito Especializado de Cartagena, como la sala de definición de situaciones jurídicas, de la JEP, aclararon la situación jurídica de la señora LOPEZ ROMERO, “en consecuencia, el INPEC (Establecimiento penitenciario y carcelario El Bosque), deberá retirar el custodio que se encuentra en el lugar de domicilio de ENILCE DEL ROSARIO LOPEZ ROMERO y realizar los trámites administrativos pertinentes en la base de datos SISIPEC WEB”.