Consejo Gremial solicita a la Corte Constitucional tumbar la Emergencia Económica de Gustavo Petro

El Consejo Gremial Nacional, bajo la representación de su presidenta Natalia Gutiérrez Jaramillo, solicitó formalmente a la Corte Constitucional que declare la inexequibilidad del Decreto Legislativo 1390 del 22 de diciembre de 2025.

Según el gremio, la declaratoria de Estado de Emergencia Económica y Social no cumple con los requisitos formales ni materiales exigidos por la Constitución para otorgar facultades extraordinarias al Ejecutivo.

Uno de los argumentos centrales de la demanda radica en un vicio formal insubsanable relacionado con la validez de las firmas del gabinete. El CGN sostiene que el decreto fue suscrito por Irene Vélez Torres como Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible encargada.

Dicho encargo inició el 5 de agosto de 2025 y, por ley, tenía una duración de tres meses, venciendo el 5 de noviembre de 2025. Al no existir un acto administrativo que prorrogara legalmente dicho encargo, la funcionaria carecía de la competencia constitucional para firmar el decreto el 22 de diciembre, lo que invalida el documento según la jurisprudencia de la Corte.

El Consejo Gremial argumenta además que los motivos invocados por el Gobierno de Gustavo Petro no son “sobrevinientes” (imprevistos), sino problemáticas estructurales y crónicas que deben resolverse por vías ordinarias en el Congreso.

Los puntos considerados por el gremio como claves

La obligación de nivelar la Unidad de Pago por Capitación (UPC) no es un hecho nuevo, sino una orden judicial de seguimiento que data de hace más de 15 años.

El CGN señala que el deterioro de la seguridad es un fenómeno crónico y que el presupuesto para este sector en 2025 alcanzó un récord de $60 billones (4.1% del PIB), por lo que el problema no es la falta de recursos, sino de gestión.

Para los gremios, que el Congreso no apruebe una reforma tributaria es una manifestación normal de la democracia y la separación de poderes, no una emergencia que habilite al presidente a legislar por decreto.

El atraso en el pago de $5,1 billones en subsidios de energía se califica como una “falla persistente de planeación y financiación” del propio Estado y no como una contingencia externa. 

Falta de suficiencia y salto a la excepcionalidad

El sustento de la solicitud destaca que el Gobierno no agotó los mecanismos ordinarios antes de acudir al estado de excepción. El Consejo Gremial Nacional afirma que la Constitución, en sus artículos 347 y 348, ya prevé qué hacer cuando los ingresos son insuficientes, permitiendo al Ejecutivo ajustar el gasto o proponer nuevas rentas de forma separada en el Congreso.

Finalmente, Natalia Gutirérrez, quien también preside el gremio de generadores Acolgen,  advierte que el Gobierno utilizó la emergencia para introducir medidas tributarias de carácter permanente (como cambios en el IVA y el impuesto al patrimonio) que ya habían sido rechazadas por el legislativo, lo cual vulnera el principio de reserva de ley y la autonomía del Congreso de la República.

Es bueno mencionar que también, al amparo de la Emergencia Económica, fueron creados otros dos impuestos relacionados con el sector eléctrico. El primero es una contribución parafiscal del 2.5% de las utilidades de las empresas generadoras, antes de impuestos, para pagar parte de las deudas de Air-e intervenida; y el otro es un aporte en especie que aplica a las empresas de energía hidráulica que venden en el Mercado de Energía Mayorista. Tales ccompañías deberán entregar el 12 % de la energía efectivamente vendida en la bolsa, que se entregarán a las empresas distribuidoras y comercializadoras intervenidas.

Noticia relacionada: https://elnorte.com.co/consejo-gremial-nacional-urge-a-la-corte-constitucional-suspender-decreto-de-emergencia-economica/