Juez ordena demoler en 3 meses edificio Aquarela en Cartagena

En un período no superior a los tres meses tendrá que ser demolido el controvertido edificio Aquarela de Cartagena, según decisión tomada por el Juzgado 12 Administrativo de la capital de Bolívar.

El fallo, dado a conocer hoy 31 de marzo se da tras un largo proceso de seis años, luego que la construcción de esta estructura fuera demandada por el Ministerio de Cultura.

Fue en 2017 cuando la Procuraduría General de la Nación y la cartera de Cultura denunciaran la inconveniencia de levantar esa edificación, por el daño que le ocasionaría a la declaratoria de La Heroica como Patrimonio de la Humanidad por parte de la UNESCO.

Jurídicamente la decisión del juez lo que hace es levantar la medida cautelar de suspensión provisional del acto administrativo proferido por el Juzgado Décimo Administrativo del Circuito de Cartagena por la cual “se concede Licencia de Construcción al Proyecto Aquarela Multifamiliar tercera y cuarta etapa”.

La torre Acuarela, de 32 pisos, fue construida a escasos 200 metros del Castillo de San Felipe. Los responsables de esta obra son las firmas Plano Constructivo S.A.S., Colcivil S.A. y Promotora Calle 47 S.A.S.

LOS FUNDAMENTOS

En este proceso jurídico la parte demandante ha basado sus pretensiones, argumentando que con el otorgamiento de las licencias de construcción para el proyecto urbanístico “AQUARELA”, las autoridades

distritales de Cartagena (Secretaría de Planeación y Curaduría Urbana No. 1), al igual  que el promotor del proyecto, han violentado en forma flagrante los derechos colectivos  al patrimonio cultural de la Nación.

Igualmente, al goce del espacio público, la utilización y defensa  de los bienes de uso público; y, la realización de las construcciones, edificaciones y desarrollos urbanos respetando las disposiciones jurídicas, de manera ordenada, y  dando prevalencia al beneficio de la calidad de vida de los habitantes, con el nefasto impacto que se causa al entorno del Castillo de San Felipe de Barajas, inmueble emblemático de la ciudad de Cartagena.

Señala que el desarrollo de unas construcciones de 32 pisos de altura, impactan directamente la visual y el entorno paisajístico del Castillo, que es un Bien de Interés Cultural del ámbito Nacional.

Indica que de otra parte, se ha violentado el derecho a la moralidad administrativa, cuando las autoridades distritales han ejercido potestades y funciones que no les han sido conferidas, al crear normas de planeación urbana, sin tener dicha atribución, despojando de las mismas al Concejo Distrital que es la autoridad que puede regular  lo atinente al Plan de Ordenamiento Territorial (POT) en forma primaría, y en ocasiones excepcionales por parte del Señor Alcalde Distrital.