La Superintendencia de Transporte abrió investigación a 258 empresas de transporte carga por no suministrar información al Sistema de Información de Requerimientos SIR-ST y realizar presuntos pagos por debajo de los costos eficientes de operación. Adicionalmente, en 2023 se sancionaron 16 empresas de transporte de carga por más de $880.000.000 por incumplir las normas sobre costos eficientes de operación.
Así mismo, la Supertransporte está analizando la información reportada a través del Sistema de Información de Requerimientos SIR-ST por 785 empresas que atendieron el requerimiento realizado en forma completa o parcial.
De esta forma se genera una cobertura mayor de las empresas que se estiman operan actualmente y reportan al Registro Nacional de Carga (RNDC), siendo un gran avance respecto a los ejercicios que realizaba la Entidad en otros años ante el conocimiento de irregularidades comunicadas a través de peticiones, quejas y reclamos – PQR’s y otras autoridades.
Para la Superintendente de Transporte, Ayda Lucy Ospina Arias, es importante resaltar que “en diferentes espacios con gremios de carga, empresas de transporte y transportadores hemos insistido en el cumplimiento del Sistema de Información de Costos Eficientes para el Transporte Automotor de Carga (Sicetac) y de los pagos justos mínimos allí sugeridos para las operaciones de carga. Queremos garantizar y promover la sana competencia entre las empresas de transporte, los pagos justos a cada uno de los agentes de la cadena y el control a la ilegalidad en el transporte de carga”.
Añadió que atienden las peticiones del sector y están implementando medidas transversales a quienes incumplan las disposiciones contenidas en la normatividad. “Adicionalmente, buscamos a través de múltiples mesas de trabajo, la actualización, completitud, precisión de términos, etc. de las herramientas ofrecidas por el ente regulador”, expresó.
Posibles sanciones
De encontrarse responsables a las empresas investigadas podrían verse avocadas a sanciones que van hasta los 700 SMMLV conforme lo establecido en el literal A) del parágrafo del artículo 46 de la Ley 336 de 1996.
Recurso
Contra la decisión de apertura de investigación y formulación de pliegos de cargos, no procede recurso alguno. Se garantizarán los principios del debido proceso y el derecho de defensa. Se precisa que el procedimiento sancionatorio iniciado se realizará de conformidad con lo establecido en la ley respetando también el derecho a la defensa y los recursos de reposición y apelación a que tienen derecho los investigados.
Requerimientos
En 2023, la Supertransporte realizó el análisis y depuración de 1.190.106 manifiestos electrónicos de carga reportados por el Ministerio de Transporte para las operaciones realizadas en 2022. Como producto de este trabajo, se remitió un requerimiento para el suministro de información digital con el apoyo de herramientas tecnológicas, a 1.138 empresas que prestaron el servicio público de transporte terrestre automotor de carga durante la vigencia 2022 y que, en los datos reportados al Registro Nacional de Despachos de Carga (RNDC), reflejaron presuntos pagos por debajo del régimen de relaciones económicas establecido en el Sicetac.

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